En suma, por las razones que preceden esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el presente recurso de apelación interpuesto por la FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO Abogado ALEXANDER GONZÁLEZ VIZCAYA, contra decisión dictada en fecha 07 de octubre de 2009, por el Juzgado de Primera Instancia Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en Funciones de Control No. 02, Extensión Acarigua, mediante la cual decretó la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRIVACIÓN JUDICIAL de conformidad con el Artículo 256, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de los ciudadanos OLIVER JOSÉ SÁNCHEZ y JONNATHAN DAVID ANGULO SÁNCHEZ, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, se declara nulo el fallo impugnado, y, de conformidad con el artículo 434 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena l.....