III
DISPOSITIVA:
En fuerza de los fundamentos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Guanarito y Papelón de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Revisión de Obligación Alimentaria, incoada por la ciudadana: DEVITA RAMONA COLMENAREZ RIVERO, venezolana, mayor de edad, soltera, de profesión u oficio del hogar, domiciliada en el Barrio El Samán calle 4 con carrera 5 Municipio Papelón del Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad N°! V-6.634.194, en su carácter de abuela y representante del niño: José Antonio Jiménez, en contra del ciudadano: DENNY GREGORIO TORREZ, venezolano, mayor de edad, de profesión u oficio Agente de Policía adscrito a la Comandancia General de Policía del Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad N° V-11.404.872. Se fija como Obligación Alimentaria, la cantidad de Sesenta y Cinco Mil Bol.....