Primero: La APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA del ciudadano DAVID DE JESÚS MONTILLA MUJICA, titular de la Cédula de Identidad Nº ..., por la presunta comisión del delito de AMENAZA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 41 primer aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana EURISMAR DE LOS ÁNGELES DUQUE MENDOZA, y AMENAZA AGRAVADA y ACTOS LASCIVOS, previsto en el artículo 41 primer aparte y 45 ejusdem, en perjuicio de la ADOLESCENTE (cuya identidad se omite en razón de las previsiones establecidas en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes), en concordancia con el artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Segundo: Se hace constar que en este acto de audiencia de presentación de imputado la Fiscalía del Ministerio Público realiza la IMPUTACIÓN al ciudadano DAVID DE JESÚS MONTILLA MUJICA, titular de la Cédula de Identidad Nº ..., d.....