DISPOSITIVA
Por todos los fundamentos ampliamente expresados, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, extensión Acarigua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
Primero: Se admite totalmente la acusación interpuesta en contra del adolescente (Identidad Omitida); por la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancia Estupefaciente y Psicotrópica, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en contra del Estado Venezolano, todo ello por reunir los requisitos establecidos en el artículo 570 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Así se acuerda.-
Segundo: Se admiten los medios de pruebas ofrecidos por la representación fiscal, por los motivos antes expresa.....