En este estado la Juez Segundo de Juicio vista la incomparecencia del demandante y/o su apoderado Judicial a la presente audiencia de juicio, de conformidad con lo previsto en el Articulo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara DESISTIDA la acción intentada por el ciudadano RUDY JOSE ANCISO contra la sociedad mercantil TALLER AGROINDUSTRIAL RUIZCA C.A. Se concluyó el acto, se leyó el acta, conformes firman.
Juez 2° de Juicio Laboral, La Secretaria
Abg° Gisela Gruber. Abg° Naydali Jaimes
Los presentes
El representante de la empresa
La apoderada judicial de la accionada