En base a estas consideraciones es que este órgano jurisdiccional niega la oposición a la admisión de la prueba testimonial interpuesta por la parte demandada Casta Rodríguez y ordena su admisión que será apreciada en la sentencia definitiva. Así se decide. En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. Guanare, a los diecinueve días del mes de febrero del año dos mil nueve (19/02/2.009). Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
El Juez,
Abg. Rafael Ramírez Medina
La Secretaria,
Abg. Jakelin Urquiola.
En la misma fecha se dictó y publicó a las tres y quince minutos de l.....