DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos y debidamente analizados, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, con sede en el Edificio Nacional, de la Ciudad de Barquisimeto, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26, 49 ordinal 1ero y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 12, 15, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la presente demanda por motivo de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OBRA, incoada por el ciudadano NELSON EDUARDO JAIMES DALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 9.610.969, en su condición de propietario de INVERSIONES N.J 1367, inscrita por ante el Registro Mercantil Primer del Estado Lara, en fecha 23-06-2010, bajo el Nº 27, Tomo 5-B, asistido por el abogado D´UBALDO BARRETO, Inscrito en.....