Por las razones expuestas y sus fundamentos de derecho, este Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN LEGAL DE CUERPOS y BIENES, que rige entre los ciudadanos CARMEN CECILIA ROBLES MONSALVE y LUIS ALBERTO OCHOA AGUILAR, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-16.668.862 y V-18.320.190, respectivamente, domiciliados la primera de los nombrados en la Avenida 27, con calle 29, Edificio Rosalía, piso 1, apartamento 01, del Municipio Araure del Estado Portuguesa, y el segundo en el Caserío El Caño, casa sin número, sector Cojeditos, del Estado Cojedes; debidamente asistidos por la Profesional del Derecho NANCY JOSEFINA VALBUENA DE TORREALBA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro 101.804, en virtud del matrimonio contraído por ellos a.....