este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE la acción Recurso de Amparo Constitucional interpuesto por los Abogados JESÚS ARMANDO GIL y CARLOS RAFAEL AROCHA SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 10.767.975 y 9.604.41, de este domicilio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 104.134 y 104.126, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de NIEVES ANTONIA MORENO SARMIENTO, venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad No. 3.764.963, contra las actuaciones judiciales efectuadas por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, cursantes en el expediente signado con el No. KP02-V-2013-002530, contentivo de juicio que por CUM.....