DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Juicio No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
Se declara Sin Lugar la solicitud de la defensa, representada por el defensor Privado Abg. Iván Medina Rivero conforme a lo previsto en el artículo 264 del Código Procesal Penal, y en consecuencia se mantiene la Medida Cautelar de Privación Judicial preventiva de libertad que le fue decretada al acusado Kely José Saavedra Parra por cuanto no han variado los motivos que dieron origen a su imposición. Se acuerda la solicitud del Ministerio Público en cuanto a la práctica de otro examen médico psiquiátrico, por ante el departamento de psiquiatría forense del Estado Lara, ordenando librar lo conducente a los fines de obtener una cita para así acordar este Tribun.....