En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Sin Lugar la oposición a la medida de embargo preventivo, formulada por la ciudadana IRAIDA SUSANA JIMENEZ MARQUEZ, en el presente juicio de cobro de bolívares por intimación, seguido por el ciudadano ALFREDO JOSÉ MONTILLA DURAN, contra el ciudadano ELIZ MAGDIEL QUIÑONEZ BETANCOURT, ambos identificados.
En consecuencia, queda confirmado el embargo preventivo de bienes muebles, acordado en autos y practicado el día 20-10-2011, por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Guanare, San Genaro de Boconoíto, Sucre y José Vicente de Unda de este Primer Circuito Judicial del estado Portuguesa. Así se establece.
Se declara con lugar la apelación interpuesta por la parte actora y queda revocada la sentencia .....