En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Sin Lugar el Recurso De Hecho, formulado por el ciudadano FARIS EL AFLAK, que en el presente juicio de desalojo, le sigue los ciudadanos AURORA DE LAS HERAS DE GÓMEZ, GISELA GÓMEZ DE LAS HERAS, MARÍA DE LOS ÁNGELES GÓMEZ DE LAS HERAS y SANTIAGO DE LAS HERAS.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dictada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal, en Guanare, a los diecinueve (19) días de marzo de 2019. Años: 209° de la Independencia y 159° de la Federación.