Con mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 2 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y especialmente en el aparte único del artículo 185 del Código Civil, DECLARA CON LUGAR la conversión de esta separación en DIVORCIO y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos ELIO CECILIO ALI VARELA y DANIELA CAROLINA MONTERO LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-15.265.679 y V-12.703.006, respectivamente, asistidos por el abogado VALENTIN CASTELLANOS, inscrito en el Inpreabogado bajo matricula Nº 5.139, por ante el Registro Civil de la Parroquia Santa Rosa, del Municipio Iribarren, del Estado Lara, en fecha veintidos (22) de Enero del año dos .....