DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos expuestos este Tribunal de Juicio Nº 2, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la fiscalía del Ministerio Público en contra del imputado LUIS ALFREDO LAMEDA, por la comisión del delito de Robo en la modalidad de Arrebaton, previsto y sancionado en el Art. 458 ultimo aparte del Código Penal, así como las pruebas por considerarlas lícitas, necesarias y pertinentes. SEGUNDO: CONDENA al ciudadano: LUIS ALFREDO LAMEDA, anteriormente identificado, por el delito de Robo en la modalidad de Arrebaton, previsto y sancionado en el Art. 458 ultimo aparte del Código Penal, a cumplir la PENA DE SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, más las Accesorias del Artículo 16 del Código Penal, continúa disfrutando con la Medida Cautelar que venían disfrutando, ampliada antes de comenzar la audiencia, a 30 días de presentación por ante las oficinas de la U.....