DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el Recurso de Revisión interpuesto por el Abogado ALFREDO LUIS RIVAS GARCÌA en representación del penado LUIS ADOLFO MENDOZA FERNÁNDEZ, contra la sentencia publicada en fecha 11 de Marzo de 2011, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio N° 01, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual CONDENÓ a cumplir la pena de TRECE (13) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el artículo 458, con relación al numeral 3º del artículo 84, ambos del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadano Yuglisdey Dalile Orellana Briceño.
Regístrese, di.....