Una vez admitida la acusación y los medios probatorios, se impuso al acusado de las Medidas Alternativas a la Prosecución del Proceso, como lo son el Principio de Oportunidad, los Acuerdos Reparatorios y sobre la Suspensión Condicional del Proceso, y del Procedimiento Especial por Admisión de los Hechos, explicándoles detalladamente en que consistían cada uno de ellos y los procedentes en la presente causa, manifestando lo siguiente: "Me voy a juicio, es todo"
TERCERO: Una vez escuchada la declaración del acusado, se acuerda el enjuiciamiento oral y público de YONNI ANTONIO ONFANTE SUAREZ, Venezolano, Titular de la Cedula de identidad Nº V-28.128.068, por la presunta comisión del delito Tráfico en la Modalidad de Ocultamiento previsto y sancionado en el articulo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas.
CUARTO: Se mantiene la Medida de Coerción personal para YONNI ANTONIO ONFANTE SUAREZ, Venezolano, Titular de la Cedula de identidad Nº V-28.128.068, consistente en Medida Judic.....