DISPOSITIVA
En virtud de todo lo antes expuesto este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara a favor del adolescente: IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, el CESE de la medida de LIBERTAD ASISTIDA, de conformidad a lo establecido en los artículos 645 y 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en virtud de haber cumplido responsablemente con su sanción por el lapso de NUEVE (09) MESES y DIECIOCHO (18) DIAS, siendo tiempo superior al establecido para el cumplimiento de la sanción de SEIS (06) MESES. Se ordena, notificar a las partes y la remisión de la presente causa al Archivo Regional una vez conste en autos las resultas de las notificaciones respectivas y se cumpla el lapso legal.
Se ordena oficiar a la coordinación del Equipo Técnico Multidisciplinario adscrito a este .....