este Tribunal de Control Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley NIEGA lo solicitado por la defensa como lo es el cese de la medida cautelar que consiste en Detención Domiciliaria por una menos gravosa, al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA). Cúmplase. Publique, Regístrese y Notifíquese.