En mérito de las consideraciones precedentemente señaladas, este Tribunal Tercero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CORRECTAMENTE SUBSANADA LA CUESTIÓN PREVIA prevista en el ordinal 4° y 6º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la parte demandada. En consecuencia:
PRIMERO: Se ordena la citación de la sociedad mercantil VICTORIA PRESS S.A., en la persona de su Director Gerente el ciudadano MAURICIO ALFONSO RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ, o quien haga de sus veces, para que comparezca ante este Tribunal, dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes de que conste en autos la citación del demandado, a fin de dar contestación a la presente demanda. Líbrense la compulsa correspondiente y entréguense al alguacil para que proceda a la citación una vez sean consignados los fotostatos .....