Como quiera que la solicitud hecha por la ciudadana Gladys Kiel revela la necesidad de una atención inmediata, en consecuencia, se ordena el inmediato traslado del acusado al "Centro de Unidad Oftalmológica" de Barquisimeto, Estado Lara, el cual deberá ser hecho por el ciudadano Director General de la Policía del Estado Portuguesa, con las seguridades del caso y bajo su responsabilidad.
Una vez atendida dicha urgencia el Tribunal resolverá las peticiones de la Defensa Técnica, puesto que se requiere para la evaluación médica, en la modalidad que el Tribunal ordene, la presencia del acusado.
Líbrense los oficios correspondientes.
Juez de Juicio N° 1
Abg. Elizabeth Rubiano Hernández.
La Secretaria,
Abg. María Castellanos.