Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
ÚNICO: Con fundamento en el artículo 112 del Código Penal en su encabezamiento, numeral 1º, aparte segundo y aparte tercero, se declara PRESCRITA la pena de SEIS MESES DE PRISIÓN que impuso el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 3 de este mismo Circuito Judicial Penal mediante decisión de fecha 26 de Agosto de 2010 al penado WILMER JOSÉ HERNÁNDEZ BRACAMONTE, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cedula de Identidad Nª V-19.982.429, natural de Guanare, Estado Portuguesa, nacido en fecha 24 de Marzo de 1988, hijo de José Rafael Hernández y Mileida Bracamonte González, de estado civil soltero, de ocupación indefinida, residenciado en el Caserío.....