Por las razones antes expuestas y en mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la acción de RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA interpuesta por la AURA JOSEFINA MEDINA, Venezolana, Titular de la Cedula de Identidad N° V-4.192.096 y de este domicilio, contra los Ciudadanos, ROBERT JOSE PERDOMO BARRADAS, LUZ MARY PERDOMO BARRADAS, LUIS ALBERTO PERDOMO BARRADAS, JOSE PERDOMO MEDINA, ANAIS ALEXANDRA PERDOMO MEDINA, Venezolanos, Titulares de las Cedulas de Identidad N° V-11.597.028, V-11.595.675, V-12.705.873, V-17.019.165, V-24.339.695 respectivamente y de este domicilio, así como a los Herederos desconocidos del ciudadano BOBERTO PERDOMO PEÑA, quien fue Venezolano, Titular de la cedula de Identidad N° V-3.536.573.
SEGUNDO: En consecuen.....