Por los fundamentos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha 21/09/2.006 por el abogado Roger Luzardo Parra, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano José Manuel Cordero, contra la decisión dictada en fecha 28/07/2.006 por la Juez Unipersonal Nro. 1 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por Aumento de Obligación Alimentaria intentó la ciudadana María Mercedes Froilán, en representación de sus hijas (identificación omitida), en contra del ciudadano José Manuel Cordero. En consec.....