DISPOSITIVA
Por todas loas razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 01, del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa seguida al adolescente SE OMITE POR RAZON DE LEY, ello de conformidad a lo establecido en el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Notifíquese a las partes de la presente decisión.
Dictada, sellada y firmada en el tribunal de Control N° 01, del sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. en Acarigua diecinueve (19) de Diciembre de Dos mil Once.
LA JUEZ DE CONTROL N° 01
ABG. CARMEN XIOMARA BELLERA
LA SECRETARIA
ABG. HEEMERY HERNANDEZ
Seguidamente se cumplió con lo ordenado en auto. Conste
Scret.