TERCERO
Por la razones expuestas, este Juzgado de Control Nº 2, Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo establece el articulo 578 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente homologa el acuerdo conciliatorio a que llegaron la víctima y el adolescente Imputado IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, de nacionalidad venezolana, natural de Bocono estado Trujillo, de 16 años de edad, nacido en fecha 19/04/1993, soltero, no ha cedulado, hijo de Adelicia Rodríguez y Efegidio Urbina, residenciado en la Colonia Parte baja, frente al barrio Italven diagonal a la Escuela Luis Fajardo Galeno, Casa S/N, Guanare Estado Portuguesa, a tenor de lo establecido en el artículo 566 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, suspende el proceso a prueba por el plazo de seis (06) meses, quedando el adolescent.....