Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara: 1) CON LUGAR la pretensión Mero Declarativa de Concubinato incoada por la ciudadana AMADA MARIA HERNANDEZ, en contra de los ciudadanos RAMON MARIA, JOSE CATALINO, GREGORIO RAMON, ANTONIA MARGARITA, JESUS DAVID Y ROSA YANIRA PEREZ HERNADEZ, la cual se mantuvo desde el día 10 de Mayo del año 1.971, hasta el día 20 de Agosto del año 2.012, que se extinguió por la muerte del ciudadano JUAN CATALINO PEREZ.