Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
ÚNICO: Con fundamento en el artículo 21.1 de la Constitución en relación con el aparte primero del artículo 472 del Código Orgánico Procesal Penal y artículos 31 aparte tercero y 60, ambos de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, se ordena la LIBERTAD del penado JHON DEIVITH CASTILLO VELOZ a fin de que continúe y finalice la presentación de los trámites para acceder a la medida de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA.
Déjese copia de la presente decisión para el Archivo del Tribunal. Líbrese la boleta de excarcelación. Notifíquese personalmente al penado, a fin de imponerle personalmente de.....