En virtud de los fundamentos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 28 de Octubre de 2016, por el Abogado Teodardo Amaya, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, en contra de la sentencia dictada en fecha 24 de octubre de 2016, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia dictada en fecha 24 de octubre de 2016, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, que declaró: sin lugar la oposición a la medida cautel.....