DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada María Scarlet Olmenta, inscrita en el IPSA bajo el N’ 234.262 en su condición de apoderada judicial de la accionante Génesis Ariana Páez Villegas, titular de la Cedula de Identidad Nº 21.424.893, contra la decisión de fecha 26 de Julio del 2016 dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de petición de declaración de Unión de Hecho incoada por la ciudadana Génesis Ariana Páez Villegas, debidamente asistida por la abogada Jossely Contreras Duarte contra el ciudadano Doménico Rosetta, todos identificados en autos. Quedando rati.....