Por las razones antes expuestas, este  Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en  nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por  autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada CIRA IBARRA contra la decisión dictada en fecha 16 de septiembre de 2008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del  estado Portuguesa, con sede en  Acarigua.
SEGUNDO: SE REVOCA la decisión fecha 16 de septiembre de 2008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del  estado Portuguesa, con sede en  Acarigua. 
TERCERO: SE ORDENA remitir el presente expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en  Acarigua, a los fines q.....