DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio San Genaro de Boconoito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185 interpuesta por la ciudadana: YAGIRA JOSEFINA CARRILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.531.671, civilmente hábil domiciliada en el sector Baronero jurisdicción del Municipio San Genaro de Boconoito del Estado Portuguesa .Solicitud de Divorcio conforme a lo estatuido en el Artículo 185 del Código Civil y en la Sentencia Nº1070 proferida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 09 de diciembre del año 2016, pues cumple con los requisitos legales exigidos en la norma respectiva. En consecuencia, bajo la premisa del Artículo 184 ajusten.
SEG.....