Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, del recurso de apelación interpuesto por el abogado CESAR OVIEDO, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte actora ciudadano FRANCO LUIS LUCCIOLA BLASCO, contra la sentencia de fecha 27 de febrero del año 2009, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Acarigua.
SEGUNDO: CONFIRMA, la sentencia de fecha 27 de febrero del año 2009, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Acarigua, por las razones expuestas en la motiva.