DISPOSITIVA.
En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescente, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el presente SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del adolescente SE OMITE POR MANDATO DE LEY, (occiso), en la causa seguida en su contra por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA EN GRADO DE COMPLICIDAD NECESARIA, previsto y sancionado en el artículo 406, ordinal 1º, en concordancia con el artículo 84, ordinal 3ero del Código Penal Venezolano, hecho este cometido en perjuicio de quien en vida respondía al nombre de NELSON JAVIER GRATEROL LEON, por haber ocurrido la muerte del acusado objeto del proceso, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 48 numeral 1 y 318 numeral 3 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por disposición expresa del artículo 537 de.....