DISPOSITIVA
Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por el Abg. Orlando Quintero, en su condición de Defensor Privado del ciudadano VITO DANIELE SUTERA CAVALCANTE, contra de la decisión dictada por el Tribunal de Violencia Contra La Mujer en Funciones de Juicio Nº 2 del Estado Lara, en fecha 29/10/2013 y fundamentada en fecha 18/11/2013, mediante el cual declara NO CULPABLE al ciudadano VITO DANIELE SUTERA CAVALCANTE, por la comisión del delito AMENAZA, previsto y sancionado en el artículos 41 de Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y LO DECLARA CULPABLE, por la comisión del delito de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 3.....