DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones precedentemente señaladas, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de DESALOJO, incoada por la ciudadana MARÍA ALEJANDRA COLMENARES BARRAGAN, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-17.261.750, representada por los abogados EDGAR BECERRA TORRES, EDGAR AUGUSTO BECERRA Y EMILY MARTÍNEZ, inscritos en el IPSA bajo los Nº 82.188, 262.885 respectivamente, contra el ciudadano NEMROD EDUARDO GONZALEZ CAMPOS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad V-12.020.035, representado por los abogados BOANERGE JOSE DÍAZ COLMENAREZ Y MARCIAL RAMÓN PÉREZ ALVARADO, inscritos en el IPSA bajo los Nros. 102.203 y 199.800 respectivamente.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a hacer ent.....