Vista la solicitud de extinción de pena presentada por la Abogada ENMA SUAREZ GONZALEZ, defensora publica penal, actuando en representación del penado FELIX LENIN MARTINEZ, cédula de identidad Nro. 14.573.313, a quien este tribunal sigue vigilancia y control de pena, por comisión del tribunal segundo de ejecución del Estado Carabobo, quien acordó confinamiento al penado como parte de cumplimiento de pena de DOCE (12) años de presidio por el delito de Homicidio, se observa: que del contenido de las actas se evidencia la imposibilidad que ha tenido el tribunal de constatar si el penado ha cumplido con las condiciones del Confinamiento, pues el domicilio aportado no le corresponde, tal se evidencia de la consignación de notificación que corre inserta al folio 21, asì mismo, no existe resulta de solicitud de información a la autoridad civil acordada por el Tribunal en auto de fecha 22-3-06 (f22) por lo que, se DECLARA SIN LUGAR LA SOLICITUD DE LA DEFENSA, por no ser procedente y se ORDENA.....