En consecuencia, en atención a los fundamentos antes expresados lo procedente y ajustado a derecho es Homologar el Desistimiento de la Acción de Hábeas Corpus formulado por el abogado Alberto Martínez defensor privado de los ciudadanos Pedro Miguel Cortés Lozada, venezolano, de 44 años de edad, nacido en fecha 22-11-62, soltero, natural de Arismendi, Estado Barinas, hijo de Mercedes Lozada y Cecilio Cortes, comerciante, titular de la cedula de identidad Nº 7.561.687, residenciado en el Barrio El Río a media cuadra de la Plaza el Silbón, Municipio Guanarito, Estado Portuguesa; y Manuel Ramón Delgado Sanoja, venezolano, de 66 años de edad, nacido en fecha 01-11-41, casado, natural de Tinaquillo, Estado Cojedes, hijo de Maria Isabel Sanoja de Delgado y Manuel Delgado Ochoa, titular de la cedula de identidad Nº 2.348.755, residenciado en el Barrio El Río, sector el Matadero, avenida 14, Municipio Guanarito, Estado Portuguesa, realizado mediante escrito presentado en fecha 20-06-2007 a la 0.....