DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la prescripción de la acción alegada por la parte demandada DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD y DESARROLLO SOCIAL.
SEGUNDO: SIN LUGAR, la acción por reclamación de diferencia prestaciones sociales intentada por el ciudadano LUIS ROBERTO GERVASI CARMONA contra la DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD y DESARROLLO SOCIAL, por las razones expuestas en la motiva.
TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
CUARTO: De conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto Con Fuerza de Ley Organica de la Procuraduria General de la República, se .....