Por todo lo antes expuestos y por las argumentaciones de hecho y de derecho especificadas este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Se plantea Conflicto Negativo de Competencia, respecto a la decisión emanada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara de fecha 30 de Junio de 2011.