DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por las Abogadas LORENA VALDERRAMA y GILDELENA MONTENEGRO, en su condición de Fiscales Provisorio y Auxiliar Interino de la Fiscalía Octava del Ministerio Público del Segundo Circuito, respectivamente; SEGUNDO: Se CONFIRMA PARCIALMENTE la decisión dictada en fecha 26 de junio de 2014 por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 02, de este Circuito Judicial Penal, Extensión Acarigua; TERCERO: Se MODIFICA el lapso de cumplimiento de la suspensión condicional del proceso por el lapso de SEIS (06) MESES, conforme a lo establecido en el artículo 68 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho.....