Por los motivos antes expuestos, considerando que esta situación es justificada y encaja dentro de la previsión legal citada me INHIBO DE CONOCER DE LA PRESENTE CAUSA y como consecuencia de ello se ordena la remisión de la misma al servicio de alguacilazgo a los efectos de la distribución en otro Juzgado de Control que le corresponda conocer, sustanciándose la presente decisión como incidencia en cuaderno separado, al que se agregará copias certificadas de las siguientes actuaciones: 1) Decisión dictada por este Tribunal en fecha 21-06-2005; 2) Decisión dictada por la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, de fecha 11-08-2005 y se ordena su remisión a la Instancia Superior a los fines del conocimiento de Ley. Todo de conformidad con lo que dispone el artículo 94 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Líbrese lo conducente.
Abg. Omar Fleitas Flores
Juez de Control N°3
En esta misma fecha se dio cumplimiento a.....