En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Control No.5, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Niega lo solicitado por la defensa privada, Abogada, Alicia Carrasco, del imputado Eloy Colmenarez, de dejar sin efecto la suspensión del traslado e ingreso al Centro Penitenciario de Uribana, por ende por resultar inoficioso una audiencia conforme a lo establecido en el articulo 130 del Código Orgánico Procesal penal, para debatir la experticia presentada por el fiscal del Ministerio Publico, la improcedencia de la misma. Ofíciese a la fiscalia del Ministerio Publico a los fines informe a este Tribunal en relaciona la consignación de la experticia simple de reconocimiento técnico y comparación Balística, si la misma es presentada como acto conclusivo de su investigación todo conforme a lo establecido en las normas del Código Orgánico Procesal Penal.- Es todo, Notifíquese, Regístrese, Cúmplase lo.....