Por las razones expuestas y sus fundamentos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por Autoridad de la Ley, declara: LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS, que rige entre los ciudadanos EDGAR ENRRIQUE PACHECO MONTILLA y SULENY DEL CARMEN BERBECI SARABIA, en virtud del matrimonio contraído por ante la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Portuguesa hoy, Oficina de Registro Civil y Ciudadanía del Municipio Sucre del Estado Portuguesa, en fecha veintinueve de abril del año dos mil seis (29-04-2006), inserta en los libros de Registro Civil de Matrimonio bajo el Nº 33.
En virtud de haber sido declarada la Separación de Cuerpos en divorcio, queda extinguida la comunidad conyugal.
No hay pronunciamiento sobre hijos procreados durante el matrimonio ni sobre bienes que liq.....