El Tribunal visto lo solicitado por las partes lo acuerda de conformidad y en consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:” Secuestrado el inmueble ubicado en la urbanización Durigua, sector 02, vereda 28, casa No 23, Acarigua, Estado Portuguesa y lo coloca a disposición de la Depositaria Judicial ciudadana Restituta del carmen Mena, quien expone: Recibo conforme el inmueble antes identificado y en este mismo acto solicito al Tribunal me expide copia certificada de la presente acta, es todo. Seguidamente el Tribunal da por cumplida su misión y siendo las 11:05 AM., resuelve volver a su sede. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-