DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas este Tribunal de Control N° 02 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
Primero: Decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, en la causa que se le sigue al adolescente, (Identidad Omitida), de conformidad a lo establecido en el artículo 561, literal "D" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ello en concordancia con el artículo 318, Ordinal 2°, del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por disposición expresa del Artículo 537 de la citada Ley. Así se decreta.-
Segundo: Se acuerda cesar la medida cautelar impuesta al adolescente (Identidad Omitida) en audiencia oral de presentación de detenidos celebrada en fecha 27 de octubre de 2007, referente a la contenida en el artículo 582 literal "C" de la Ley Orgánica p.....