DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa en Funciones de Control N° 3, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida en contra el ciudadano GOMEZ ARANGUREN RICHARD JOSÉ, venezolano, mayor de edad, casado, natural de Bocono estado Trujillo, de 39 años de edad, de profesión Guardia Nacional, titular de la cédula de identidad N° V- 9.620.164, residenciado en la Urbanización Ruesga Norte, sector 2, calle 4, casa N° 28, Barquisimeto estado Lara, por la comisión del delito Lesiones Culposas Graves, establecido en el artículo 422 numeral 2° del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana MEJÍAS DE MEJÍAS ANGELA, venezolana, mayor de edad, viuda, de 58 años de edad, mensajera, titular de la cédula de identidad N° V- 3.805.644, residenciada en el Barrio San José, calle principal, casa.....