En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADA la transacción celebrada entre el ciudadano Andrés José Alvarado Martínez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.351.669 y de este domicilio, debidamente asistido por su apoderado judicial ciudadano Santiago Medina venezolano, mayor de edad, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 39.904 y el ciudadano Serafín Lago Alonso, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 7.403.267 y de este domicilio, actuando en su carácter de Presidente de la sociedad mercantil accionada, estando debidamente asistido por el abogado Pedro Elias Aristigueta, venezolano, mayor de edad, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 41.071.
En consecuencia, le imparte el valor de COSA JUZGADA y ordena la inmed.....