Por los motivos expuestos este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN NO. 1, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA la revocatoria del la libertad condicional concedida al ciudadano CADENAS ALVARO ENRIQUE, venezolano, nacido en Guanare estado Portuguesa en fecha 09-03-1968, de 38 años de edad, soltero, ayudante de albañil y pintura, hijo de Maria Antonia Cadenas y Maximino Camacho, titular de la cedula de identidad N° 11.395.323, domiciliado en el Barrio Guaicaipuro, callejón Bolívar N° 2, casa s/n, a dos cuadras del modulo policial, Guanare Estado Portuguesa, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de los Llanos Occidentales con sede en esta ciudad de Guanare; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese y Ofíciese lo conducente.