En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer de el presente recurso de apelación interpuesto por el abogado ANGEL MIGUEL LOPEZ ORAA, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte recurrente en la presente causa, ENTIDAD FEDERAL DEL ESTADO PORTUGUESA, contra la decisión dictada en fecha 17 de diciembre del año 2012 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito del Trabajo del estado Portuguesa, con sede en Acarigua, por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por 18/12/2012, por el abogado ANGEL MIGUEL LOPEZ ORAA, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte recurrente en la presente causa, ENTIDAD FEDERAL DEL ESTADO PORTUGUESA, contra la decisión dictada en f.....