/Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 511 del Código Orgánico Procesal Penal, SE DECLARA CON LUGAR la solicitud de la Representación Fiscal, y se REVOCA la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Régimen Abierto. Se ordena el ingreso al Internado Judicial de Barinas. Líbrese Boleta de Encarcelación. Se ordena librar oficio a la Granja Oasis, Guatire Estado Miranda, a fin de solicitar si la penada ingreso a esa institución, de ser positivo, informe a este despacho, desde que fecha y hasta que fecha estuvo en ese centro; a fin de aplicar como cumplimiento de pena. Ofíciese a los Tribunales de Control 6 y 9 de este Circuito, participándoles de la decisión dictada en esta fecha. Se ordena oficiar a los organismos de Seguridad del Estado, a fin de dejar sin efecto la Orden d.....